LEY 26.593 (BO del 26/05/2010)
Contrato de trabajo.

sanc. 28/04/2010; promul. 19/05/2010; publ. 26/05/2010

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

PLAZO DE PAGO DE LAS INDEMNIZACIONES POR EXTINCIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO

Art. 1.- Incorporar como art. 255 bis de la Ley Nº 20744 (t.o. 1976), el siguiente texto:

Art. 255 bis.- Plazo de Pago. El pago de las remuneraciones e indemnizaciones que correspondieren por la extinción del contrato de trabajo, cualquiera sea su causa, se efectuará dentro de los plazos previstos en el art. 128 computados desde la fecha de extinción de la relación laboral.

Art. 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

JULIO C. C. COBOS. - EDUARDO A. FELLNER. - Enrique Hidalgo. - Juan H. Estrada

 

 

 

 

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Ultima Actualización:
31 de Diciembre de 2011